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International Travel > While Abroad > Report the Birth of U.S. Citizens Abroad > Nacimiento en el exterior de ciudadanos estadounidenses
Si usted es ciudadano estadounidense (o nacional no ciudadano) y tiene un hijo que nació en el extranjero, deberá de informar sobre su nacimiento a la embajada o consulado de los Estados Unidos (en inglés) más cercano lo antes posible para que se pueda emitir un pasaporte o un informe consular de nacimiento en el exterior (CRBA, por sus siglas en inglés) como registro oficial de reclamo de ciudadanía o nacionalidad estadounidense del menor. La embajada o consulado de los Estados Unidos le proporcionará una copia original del CRBA del menor que reúna los requisitos.
Un CRBA documenta que, al nacer, su hijo es ciudadano estadounidense. El CRBA no sirve como prueba de la identidad de los padres legales del menor. Expedimos el CRBA a los menores nacidos en el exterior que adquirieron la ciudadanía o nacionalidad estadounidense al nacer y son menores de 18 años en el momento de presentar la solicitud.
El nombre o los nombres indicados en el CRBA son los del progenitor o de los progenitores del ciudadano o nacional estadounidense que tiene(n) un vínculo genético o gestacional con el menor. Debe constar en el CRBA el nombre del progenitor o de los progenitores a través de los cuales el menor reclama ciudadanía estadounidense. El progenitor que no transmite la ciudadanía estadounidense puede figurar en el CRBA con el consentimiento del progenitor que transmite la ciudadanía estadounidense.
Solicite en línea en la mayoría de las embajadas y consulados de EE. UU. Vaya a la página web de su embajada o del consulado de los Estados Unidos (en inglés) para obtener información sobre cómo presentar la solicitud. Para iniciar el proceso de solicitud en línea, vaya a nuestra página MyTravelGov (en inglés). Si no puede presentar la solicitud en línea, puede completar el PDF del formulario DS-2029 (en inglés).
Si uno de los padres no es ciudadano estadounidense o si el padre ciudadano estadounidense que transmite la ciudadanía a su hijo no está presente, ese padre que no está presente debe completar el formulario DS-5507 (en inglés). El padre que no está presente debe utilizar este formulario para indicar los períodos de tiempo que permaneció en los Estados Unidos.
Si su hijo nació fuera del matrimonio y el padre es ciudadano estadounidense o nacional no ciudadano estadounidense, utilice el formulario DS-5507. El padre del menor debe firmar el formulario DS-5507 en una embajada o consulado de Estados Unidos, o frente a un funcionario que registra nacimientos o presta juramentos.
Nuestra Oficina del Registro Civil (en inglés) puede ayudarle a sustituir o cambiar el CRBA o a solicitar más copias en cualquier momento.
El marcador de género X pronto estará disponible en los informes consulares de nacimientos en el exterior (CRBA). Tenga en cuenta que actualmente ofrecemos a los clientes la opción de seleccionar un marcador de género X (en inglés) en los pasaportes estadounidenses.
Si obtuvo la nacionalidad estadounidense al nacer en uno de los territorios actuales o anteriores de los Estados Unidos durante los periodos pertinentes que se indican a continuación, no reúne los requisitos para obtener un CRBA ya que no se considera que haya nacido en el exterior.
Al solicitar un pasaporte estadounidense, puede demostrar que obtuvo la nacionalidad estadounidense mediante la presentación de un certificado de nacimiento expedido por la oficina local del registro civil junto con otras pruebas necesarias para demostrar la adquisición de la nacionalidad estadounidense. Los lugares y periodos incluyen: