Peticionario Aplicante Ambos Peticionario y Aplicante
Obtenga sus documentos civiles
Después de completar su(s) solicitud(es) DS-260, usted y cada familiar que este inmigrando con usted, DEBERÁ obtener los documentos civiles requeridos para apoyar su solicitud de visa.
Sus documentos civiles DEBERÁN ser emitidos por la autoridad oficial expedidora en su país. Por favor, diríjase al Buscador de Documentos para conocer los requisitos de documentos civiles para cada país.
Por favor tome en cuenta que todos los documentos que no estén escritos en inglés, o en el idioma oficial de país en el que esté realizando la solicitud, deberán estar acompañados de traducciones certificadas. La traducción deberá incluir una declaración firmada por el traductor, que indique:
- Que la traducción es precisa, y
- Que el traductor es competente para realizar la traducción.
Aviso importante sobre documentos faltantes: Si un documento requerido no está disponible conforme a la guía específica por país, no necesita cargar el documento en su caso CEAC. Sin embargo, si por otro motivo no puede obtener un documento requerido, deberá presentar al NVC una explicación detallada al momento de cargar el resto de sus documentos en el CEAC. Durante su entrevista para la visa, el oficial consular determinará si usted aún debe obtener el documento faltante antes de que se le pueda expedir una visa. Como regla general, cualquier documento listado como “disponible” en la guía específica por país debe ser revisado por un oficial consular. No obtener todos los documentos requeridos retrasará su caso.
Documentos de Adopción
Si un niño que intenta inmigrar es adoptado y si la solicitud de inmigrante del niño se basa en una relación padre – hijo(a), entonces deberá presentar los siguientes documentos:
- Una copia certificada del decreto de adopción.
- El decreto de custodia legal si la custodia sucedió antes de la adopción.
- Una declaración que presente las fechas y lugares en los que el niño ha residido con los padres adoptivos.
- Si el niño fue adoptado a la edad de 16 o 17 años, deberá presentar evidencia de que el niño fue adoptado con o posterior a la adopción de un hermano natural menor de 16 años por los mismos padres adoptivos.
Certificados de nacimiento
Usted y cada familiar que esté inmigrando con usted deberán obtener un original o copia certificada de su certificado de nacimiento.
Registro judicial y carcelario
Si usted fue condenado por un delito, DEBERÁ obtener una copia certificada del registro judicial y carcelario, incluso si posteriormente le fue concedida una amnistía, un perdón, o cualquier otro acto de clemencia.
Certificado(s) de matrimonio(s)
Si usted está casado o ha estado casado, deberá obtener un original de su certificado de matrimonio o copia certificada de CADA matrimonio.
Registros militares
Si usted sirvió en las fuerzas militares de cualquier país, deberá obtener una fotocopia de su registro militar.
Documentos de la persona peticionaria
Si usted está solicitando una visa IR5 como padre o madre de un ciudadano de los Estados Unidos o una visa F4 como hermano o hermana de un ciudadano de los Estados Unidos: Deberá obtener un original o una copia certificada del certificado de nacimiento.
Si usted está solicitando una visa IR1, CR1, o F2A como cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos o de un residente legal permanente y su cónyuge peticionario estuvo casado previamente: Deberá obtener evidencia de la conclusión de CADA matrimonio previo que su cónyuge peticionario haya tenido. Esta evidencia debe ser el original o la copia certificada de los siguientes documentos: decreto legal FINAL de divorcio, certificado de defunción o documentos de anulación.
Fotocopia de la página de datos biográficos del pasaporte vigente
Usted y cada familiar que esté inmigrando con usted deberán presentar una fotocopia de la página de datos biográficos de sus pasaportes vigentes. La página de datos biográficos es la página que contiene su fotografía, nombre, fecha y lugar de nacimiento.
Certificados policiales
Si usted tiene 16 años o más, deberá obtener una fotocopia de un certificado de policía de todos los países en los que ha vivido, utilizando los siguientes criterios:
Si usted… |
Y usted… |
Entonces presente un certificado policial de… |
Tiene 16 años o más |
Vivió en su país de nacionalidad por más de seis meses en cualquier momento de su vida |
Su país de nacionalidad |
Tiene 16 años o más |
Ha vivido en su actual país de residencia (si este es diferente a su país de nacionalidad) por más de seis meses |
Su país de residencia actual |
Ha vivido en otro país por 12 meses o más |
Tenía 16 años o más cuando vivió ahí |
El país en el que solía vivir |
Fue arrestado por cualquier motivo, sin importar cuánto tiempo vivió en esa ciudad o país, y sin importar que edad tenía. |
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La ciudad o país en el que fue arrestado. |
Nota: Residentes actuales y pasados en los Estados Unidos NO necesitan presentar ningún certificado policial estadounidense.
Importante: Los certificados policiales expiran después de un año, a menos que el certificado haya sido emitido por su país de residencia previo y usted no haya regresado a él desde que se le expidió el certificado. Si al momento de su entrevista los siguientes tres elementos son ciertos, deberá traer un nuevo certificado policial a su entrevista de visa:
- Tiene más de 16 años;
- El certificado de policía presentado al NVC fue expedido hace más de un año;
- Usted aún vive en el país que expidió el certificado.